Ordena Corte liberar a Juana Hilda González en giro del caso Wallace

COMPARTE EL 4TO. PODER

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió otorgar la liberación absoluta e inmediata a Juana Hilda González Lomelí, tras pasar 19 años en prisión acusada del secuestro y asesinato de Hugo Alberto Wallace Miranda, hijo de la activista Isabel Miranda de Wallace, quien falleció hace tres meses.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Primera Sala determinó otorgarle un amparo tras concluir que las pruebas en su contra fueron insuficientes y obtenidas bajo tortura, violando así sus derechos fundamentales. La propuesta fue presentada por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien argumentó que el caso estaba plagado por irregularidades legales y mediáticas que afectaron el proceso.

Esto abre la posibilidad de que otros implicados en el caso Wallace recuperen su libertad, sobre todo porque ella era una de los principales acusados.

Juana Hilda González Lomelí fue sentenciada a 78 años de prisión el 27 de octubre de 2011 por los delitos de secuestro, delincuencia organizada, posesión de armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas y posesión de cartuchos para arma de fuego de uso exclusivo del Ejército. Llevaba 19 años y cinco meses recluida en el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 16 de Morelos.

Al resolver el amparo directo 26-2022, la SCJN determinó que el Estado no demostró que las “confesiones” que la quejosa rindió el 6 y 21 de febrero de 2006, cuando estaba retenida bajo la figura del arraigo, fueron obtenidas respetando su derecho a no ser sometida a tortura.

Por lo tanto, señala el documento, esa prueba debe invalidarse, así como cualquier otra que se hubiese obtenido con motivo de esta supuesta confesión.

Asimismo, “ninguno de los elementos probatorios obtenidos durante los cateos llevados a cabo el 14 de febrero del 2006 en el domicilio de la quejosa; el cateo que se llevó a cabo el 26 de febrero del 2006 en el domicilio de su coimputada Brenda (Quevedo), o cualquier otro que se justifique con información obtenida mediante las confesiones obtenidas mediante tortura”.

Sin estos indicios, agregó, no hay elementos de prueba para sustentar la responsabilidad de Juana Hilda González en el secuestro de Hugo Alberto Wallace, pues sólo restan las declaraciones de los familiares, amigos y empleados de la víctima, sobre las actividades que tuvo los días previos a su desaparición, las acciones realizadas que resultaron en la localización de su camioneta y las comunicaciones que tuvieron con los secuestradores.

“Dichas pruebas no son suficientes para vincular con el secuestro de Hugo Alberto Wallace, más allá de toda duda razonable. A lo más que estos medios de prueba llegan a demostrar es que se conocían y tuvieron algún contacto el 3 y 8 de julio de 2005. Que la noche del 11 de julio de 2005 hubo un altercado en un departamento (…) Estas circunstancias pueden ser suficientes para generar una sospecha de González Lomelí, pero no para demostrar plenamente que ella intervino en la privación de la libertad y muerte de Wallace”, señala el amparo.

Los ministros de la Primera Sala coincidieron en que dichas razones eran suficientes para revocar también las sentencias condenatorias por delincuencia organizada, posesión de armas de fuego y cartuchos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.

En días pasados, la Fiscalía General de la República, que litigó en todo momento en contra de que se le concediera libertad a González Lomelí, solicitó a la SCJN aplazar la discusión programada para este miércoles sobre el amparo promovido por la quejosa y que se declarara impedido el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, autor del proyecto.

En contraparte, desde julio del 2005 hasta su muerte el 8 de marzo pasado, la activista Isabel Miranda de Wallace mantuvo el litigio por el presunto secuestro y homicidio de su hijo, Hugo Alberto Wallace, en contra de seis personas: Juana Hilda González Lomelí, Brenda Quevedo Cruz, Jacobo Tagle Dobin, César Freyre Morales y los hermanos Alberto y Tony Castillo.

En junio del año pasado, Brenda Quevedo salió de prisión tras un cambio de medida cautelar que sustituyó la prisión preventiva por el uso de un brazalete electrónico, aunque su expediente sigue abierto. Ella y Jacobo Tagle son los únicos que no han sido sentenciados por el caso.


COMPARTE EL 4TO. PODER

Welcome Back!

Login to your account below

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Add New Playlist