Por unanimidad, diputados del Congreso del Estado aprobaron que en los municipios se cuente con un cronista local, el cual será promotor y responsable de la conservación del patrimonio histórico de cada ayuntamiento en el estado. Iniciativa impulsada por la diputada del Grupo Parlamentario de MORENA, María Alicia Gaytán Sánchez.
Para contar con esta nueva disposición, se reformó el artículo 19 y se adicionaron los artículos 19 Bis, 19 Bis 1; 19 Bis 2; 19 Bis 3; 19 Bis 4 y 19 Bis 5 a la Ley de Fomento de la Cultura y Protección del Patrimonio Cultural del Estado de Sonora, a fin de que en cada municipio cuente con un cronista, además se detallan los requisitos para ocupar o dejar el cargo, convocatorias de elección por los ayuntamientos, así como el garantizar un presupuesto suficiente para que el historiador pueda realizar sus funciones.
La legisladora morenista resaltó la importancia de regular la figura de cronista municipal para dar identidad a las comunidades, registrar el acontecer histórico, cosas memorables, formas y modos de vida comunitarios, identidad regional y local de un pueblo, así como promover y preservar los usos y costumbres de las comunidades.
“Una vez entrada en vigor las modificaciones de la presente Ley en el Boletín Oficial, cada municipio tendrá que contar con un cronista, el cual tendrá la función de investigar, conservar, proteger, y enriquecer la información relacionada a los acontecimientos históricos y al Patrimonio Cultural tangible e intangible de su Municipio; además de ser asesor y fuente de información en estos temas para todos los ciudadanos que se lo soliciten”, comentó.
Gaytán Sánchez dijo que los historiadores deben conocer ampliamente cada jurisdicción territorial, así como sus principales personajes, además de escribir cronológicamente los sucesos acaecidos, anécdotas, los acontecimientos en la calle, en los diferentes centros, establecimientos, colegios, comisarías, hospitales, iglesias, campos deportivos y centros culturales.
Explicó que los ayuntamientos deberán consultar a críticos y especialistas sobre la calidad de las obras plásticas que se propongan integrar al ámbito urbano, en plazas, jardines y edificios públicos, y que estarán de manera permanente a la vista de los ciudadanos influyendo en la formación y reafirmación de valores cívicos y estéticos.
Para la designación de un cronista, el presidente municipal deberá emitir una convocatoria, la cual deberá ser publicada en el portal oficial del Municipio, así como en el periódico oficial de mayor circulación en la región, la cual contendrá los requisitos que deberán reunir los aspirantes a ocupar el cargo.
Subrayó que el historiador dependerá directamente de la presidencia municipal, y deberá percibir un sueldo decoroso, gozando además de las prestaciones sociales que dispongan las disposiciones legales aplicables. Los ayuntamientos, detalló, deberán de asignar en cada ejercicio fiscal una partida presupuestal suficiente para que los cronistas cuenten con los recursos financieros, humanos y materiales para realizar su importante labor, puntualizó.