La Cámara de Diputados aprobó de nuevo reformas a la Constitución para ampliar los delitos por los que podrá ser juzgado el Presidente de la República, además de traición a la patria.
También podrá ser juzgado por corrupción, delitos electorales y todos los delitos por los que cualquier ciudadano podría ser juzgado.
“Señalando ahora que el presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano. Que el presidente de la República sea considerado, para efectos de la responsabilidad penal, como cualquier ciudadano que nunca ha tenido inmunidad o fuero alguno”, dijo en tribuna la diputada Aleida Alavez, Morena, presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales
La iniciativa presidencial que reforma el Artículo 108 Constitucional se discutió por segunda ocasión en la Cámara de Diputados, ya que la vez pasada no concluyó el proceso de dictaminación por diferencias con el Senado.
Aunque todos los partidos avalaron la propuesta que también contempla modificaciones al Artículo 111 para proceder penalmente contra el Presidente de la República, PAN y PRI consideraron que no se elimina en su totalidad el fuero presidencial, ya que primero deberá ser acusado en la Cámara de Diputados y juzgado en el Senado y no directamente ante la autoridad judicial.
“No estamos quitando, en la reforma que estamos discutiendo hoy, ese procedimiento que coloquialmente deriva en un desafuero, el Presidente de la República, en caso de que cometa algún ilícito seguirá teniendo ese procedimiento político que empezará acá y luego irá, en caso de que la Cámara de Diputados lo acuse, al Senado de la República”, dijo el priísta Enrique Ochoa.
En esta sesión que ya presidió la priísta Dulce María Sauri Riancho, se aprobó la iniciativa presidencial por mayoría calificada de 420 votos a favor, 15 abstenciones y cero en contra, y fue enviada al Senado para su análisis.